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LLÁMANOS

Vicario General y Pastoral

Vicario General

Es un oficio cuyo titular asiste al obispo como colaborador más cercano en el gobierno de la entera circunscripción, con la potestad ejecutiva ordinaria que corresponde por derecho al obispo diocesano, para realizar cualquier tipo de actos administrativos, exceptuados los que el obispo se hubiera reservado o que, según el derecho, requieran mandato especial del obispo. El vicario general puede cumplir otras funciones por mandato especial, facultades habituales o potestad delegada. También le compete, por lo general, la ejecución de los rescriptos. Debe informar al obispo diocesano sobre los asuntos más importantes, y nunca actuará contra su voluntad u sus intenciones.

El vicario general posee la condición de ordinario del lugar y su potestad es de naturaleza vicaria.

Para este oficio es necesario haber cumplido al menos treinta años de edad, ser doctor o experto en derecho canónico o teología, digno de confianza y de sana doctrina, y con experiencia en la gestión de asuntos.

Es un oficio que debe haber necesariamente en cada diócesis o circunscripción eclesiástica. Como regla general, ha de nombrarse un solo vicario general, a no ser que la extensión de la diócesis, el número de habitantes u otras razones pastorales aconsejen otra cosa. Si en la diócesis hay obispos auxiliares o un obispo coadjutor, han de ser constituidos vicarios generales o episcopales.

Para coordinar la actividad entre los vicarios episcopales y con el vicario general, el obispo puede constituir un consejo episcopal.

Cesa la potestad del vicario general al cumplirse el tiempo de su mandato, por renuncia, y si no es obispo coadjutor o auxiliar, por remoción intimada por el obispo o cuando la sede episcopal queda vacante.

Fuentes: Decr. Christus Dominus n. 27; CIC cc. 406, 409, 475-481

Vicario Pastoral

La Vicaría episcopal de Pastoral es el organismo del Obispo que, en su nombre y con su autoridad, promueve, anima y coordina la acción pastoral global en su Diócesis.

Es el instrumento a través del cual el Obispo discierne la problemática y da respuestas pastorales, con sus directrices y determinaciones a la vida pastoral de la Iglesia que le ha sido confiada.

Al frente de esta vicaría está el Vicario episcopal de Pastoral quien, como todo vicario episcopal, está íntimamente ligado a la persona del Obispo diocesano.

Dependen directamente del vicario episcopal de pastoral las comisiones diocesanas con sus vocalías y secciones, el centro diocesano de pastoral, que deben apoyarse y coordinarse recíprocamente, en todo lo que atañe al bien común y general de nuestra Iglesia diocesana.

Para que la Vicaría de Pastoral pueda realizar su función de manera efectiva se requiere la integración de un Equipo diocesano de pastoral que dé cauce a los acuerdos tomados, que trabaje los proyectos que se vayan presentando y cuide se cumplan las funciones señaladas.

Es necesario que el Vicario episcopal de Pastoral cuente con el auxilio de un Secretario ejecutivo dentro de la Vicaría de Pastoral.

Funciones del Vicario de Pastoral

Como presencia vicaria del Obispo en el campo de la pastoral, toca al vicario episcopal de pastoral promover, animar y coordinar las tareas comunes de pastoral en la diócesis y ofrecerle los apoyos adecuados.

Ejerce esa potestad ejecutiva ordinaria del Obispo Diocesano presidiendo el Consejo diocesano de pastoral: organismo estable que hace efectivo el adecuado proceso para la realización de las determinaciones expresadas en el Plan Diocesano de Pastoral, y que activa la pastoral de conjunto, coordinando los organismos que inciden más directamente en las acciones evangelizadoras, en los diversos niveles de la diócesis.

Detallemos su función:

  1. Promover la pastoral integral y orgánica:

1.1 Recoger la realidad diocesana y analizarla pastoralmente;

1.2 Detectar los vacíos de nuestra pastoral en los diferentes niveles, ambientes y servicios: agentes de pastoral, estructuras, tareas fundamentales, recursos, destinatarios prioritarios;

1.3 Proponer caminos para responder a los vacíos concretos detectados en los diferentes niveles, ambientes y servicios pastorales.

2. Animar la pastoral en la diócesis:

2.1 Mantener informado al obispo sobre la realidad pastoral y los requerimientos importantes que ésta va exigiendo;

2.2 Asegurar la información pastoral oportuna en los diferentes niveles y responsabilidades pastorales;

2.3 Cuidar y programar la capacitación específica de los responsables de las diferentes instancias y servicios pastorales;

2.4 Implementar y fortalecer el proceso pastoral con las orientaciones que va dando el magisterio y con las aportaciones de acontecimientos eclesiales supradiocesanos;

2.5 Vigilar que no falten los recursos necesarios y estímulos adecuados a los responsables de las instancias y servicios pastorales.

3. Coordinar la acción pastoral pide:

3.1 Vigilar que todas las instancias y servicios diocesanos de pastoral realicen fielmente su encomienda apoyando, directa o indirectamente, la misión de la parroquia;

3.2 Instrumentar la aplicación del plan diocesano de pastoral con la programación anual en las diferentes instancias y organismos de pastoral;

3.3 Realizar encuentros periódicos con los coordinadores de comisiones y asesores para asegurar los criterios comunes, propiciar la interrelación y apoyo mutuo;

3.4 Buscar caminos para promover la unidad de criterios y la complementación en los diferentes centros e instituciones de formación pastoral;

3.5 Preparar la realización de las jornadas o asambleas diocesanas de pastoral, en coordinación con los vicarios episcopales.

En conclusión, las principales tareas que debe realizar, bajo la dirección del Obispo:

  • Hacer que la Diócesis cuente con los planes y programas necesarios para las actividades pastorales, así como promover su ejecución y evaluación, con el acompañamiento y la asesoría que preste a las distintas instancias territoriales, mediante la participación de los respectivos Secretariados y Comisiones diocesanos.
  • Orientar y coordinar a los Secretariados y Comisiones de su área, la Vicaría de Pastoral, para que la acción de éstos responda a las necesidades pastorales de la Arquidiócesis y que sus servicios sean verdaderamente eficaces.
  • Organizar, con la comisión eclesial mandada por los Estatutos respectivos, las Asambleas Diocesanas y apoyar el funcionamiento del Consejo Pastoral.